El Ayuntamiento de Baza pide a la Asociación Cascamorras y a su presidente la cesión gratuita del registro de la marca Cascamorras
Escrito por Gabinete de Comunicación - Ayuntamiento de Baza   
Jueves, 03 de Septiembre de 2009 17:13

El pleno del Ayuntamiento de Baza aprobó noche en sesión extraordinaria y urgente una moción para solicitar a la Asociación Cascamorras y a su presidente, Santiago Valero, la cesión gratuita a los consistorios de Guadix y Baza del registro de la marca Cascamorras que tanto el colectivo como su presidente poseen en las clases, 41, 35 y 43. La moción, según acuerdo plenario se trasladará al Ayuntamiento de Guadix. 


La moción, que fue aprobada por unanimidad por todos los grupos políticos con representación en la corporación municipal, pretende poner fin a la polémica derivada del registro del nombre de la Fiesta de Interés Turístico Nacional que comparten los municipios bastetano el seis de septiembre y accitano el nueve del mismo mes. El registro del vocablo Cascamorras como marca afecta a los usos de la misma con fines publicitarios, de gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina, servicios de venta al mayor, al detalle y al por menor en comercios y a través de redes mundiales de informática de toda clase de artículos, servicios de explotación, ayuda y emisión de una empresa comercial en régimen de franquicia, servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal, servicios hosteleros, casa vacaciones, servicios de explotación de Campins, servicios hosteleros, servicios de bar, cafés, cafeterías, restaurantes, autoservicios, asador, casas de retiro para personas mayores, guarderías infantiles, servicios de explotación, ayuda y emisión de una empresa comercial en régimen de franquicia.


Según la exposición de motivos de la moción aprobada, la fiesta “no es sólo un elemento distintivo e identificativos de las poblaciones de Baza y Guadix, sino que las dota de un mayor atractivo cultural”. Añade, además, que los ayuntamientos que comparten esta tradición centenaria “consideran que dicho término (el que evoca a un acto festivo que forma parte de la cultura y tradición de dichas localidades) deber ser propio de la comunidad que celebra la fiesta, es decir, de dominio público, sin tener carácter privativo, evitando la apropiación en interés particular de dicho término”.

 

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